Circular I – 869 Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE)
Buenos Aires, 31 de Marzo de 2021.
Circular I – 869
Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE) – Régimen informativo
Disposición 4/2021 de la Subsecretaria de Políticas de Mercado Interno
Se aprueba el procedimiento para el suministro de la información a través del Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE) y se determinan la totalidad de las actividades de los sectores del comercio y la industria cuyos productos deben comunicarse.
- RÉGIMEN INFORMATIVO - SUJETOS OBLIGADOS
¿Quiénes deben informar?
Deberán informar al Sistema SIPRE aquellas empresas que cumplan los dos requisitos que se mencionan a continuación (en forma conjunta).
- se desempeñen en las actividades económicas contempladas en el siguiente Cuadro (que contiene el Clasificador de Actividades alcanzadas), comprendiendo la producción, distribución y comercialización mayorista y minorista de bienes.
- no sean Micro, Pequeña o Mediana Empresa (amparadas por lo establecido mediante la Resolución N° 220 de fecha 12 de abril de 2019 de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA)
La totalidad de actividades de los SECTORES DE COMERCIO Y DE LA INDUSTRIA cuyos productos deberán informarse al “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE), son las que se encuentran incluidas dentro de la categorización detallada en el siguiente cuadro
Cuadro Clasificador de Actividades Económicas (Según ANEXO II Disp 4/2021)
COD CLAE |
Descripción CLAE |
103 |
Preparación de frutas, hortalizas y legumbres |
104 |
Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal |
105 |
Elaboración de productos lácteos |
106 |
Elaboración de productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón |
107 |
Elaboración de productos alimenticios n.c.p. |
108 |
Elaboración de alimentos preparados para animales |
110 |
Elaboración de bebidas |
170 |
Fabricación de papel y de productos de papel |
239 |
Fabricación de productos minerales no metálicos n.c.p. |
231 |
Fabricación de vidrio y productos de vidrio |
241 |
Industrias básicas de hierro y acero |
262 |
Fabricación de equipos y productos informáticos |
263 |
Fabricación de equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión |
264 |
Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos |
275 |
Fabricación de aparatos de uso doméstico n.c.p. |
310 |
Fabricación de muebles y colchones |
463 |
Venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco |
464 |
Venta al por mayor de artículos de uso doméstico y/o personal |
471 |
Venta al por menor en comercios no especializados |
472 |
Venta al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados |
202101 |
Fabricación de insecticidas, plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario |
202311 |
Fabricación de preparados para limpieza, pulido y saneamiento |
202312 |
Fabricación de jabones y detergentes |
202320 |
Fabricación de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador |
- INFORMACIÓN A SUMINISTRAR - PLAZOS
Las empresas proveedoras de insumos o bienes finales, productoras, distribuidoras o comercializadoras, deberán informar los precios, cantidades producidas y/o vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos, de forma unitaria, sea cual fuere el destino.
La primera presentación deberá realizarse dentro del periodo comprendido entre el día 1 al 10 del mes de abril de 2021.
La información suministrada a través del repositorio de información del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, podrá ser rectificada entre el día 11 al 15 del mes correspondiente a la presentación efectuada.
Información detallada en la página web https://sipre.produccion.gob.ar/infosipre
- DEFINICIÓN Y MODALIDAD DE LA PRESENTACIÓN
- ¿Qué es el SIPRE?
El “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE) es un Régimen informativo de precios y cantidades vendidas de bienes finales e intermedios para hacer más sencilla y transparente la cadena de comercialización de los productos en el mercado interno.
Las empresas deberán informar mensualmente bajo declaración jurada los precios de venta vigentes y cantidades vendidas de los productos de los rubros de alimentos, bebidas, perfumería, limpieza e higiene personal, insumos de uso difundido, electrodomésticos, muebles y alimentos para animales.
La Autoridad de Aplicación es la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
- ¿Qué hay que informar?
La SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR desarrolló un sistema para que las empresas puedan presentar la información.
Las empresas deberán informar mensualmente sus productos comercializados: Categorización y desagregación a nivel de producto comercializado: tipo de producto (nuevo, vigente o discontinuado), su agrupamiento (según la Clasificación Central de Productos, CPC- en sus siglas en inglés), su subcategoría y respectivo Código EAN, o en caso de no corresponder, un código equivalente interno del producto, con sus detalles correspondientes (marca, modelo, presentación, unidad de medida).
Las empresas deberán informar los productos con destino industrial, de comercialización mayorista y minorista, según corresponda.
Los campos requeridos y opcionales a informar para el promedio del mes serán: precios de lista con y sin IVA, bonificaciones otorgadas, cantidades vendidas y stock disponible.
Las variables o campos requeridos y opcionales a informar dependerán de la naturaleza de la empresa (productora, distribuidora y comercializadora).
En muchos casos el “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE) representa una ampliación del Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) creado en el año 2016. Las comercializadoras que reportan dentro del Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA) deberán remitir solo la información relativa a cantidades y stock disponible.
Periodicidad: las empresas deberán enviar la información de forma mensual entre los días 1 y 10 de cada mes calendario posterior a la carga informada, pudiendo realizar rectificaciones entre los días 11 al 15 del mes correspondiente.
La información presentada por las empresas tendrá carácter reservado y confidencial, conforme el Artículo 6° de la Resolución N° 237 de fecha 15 de marzo de 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
- ¿Qué necesita la empresa para informar en SIPRE?
- Cargar su N° C.U.I.T. el cual deberá estar adscripto dentro de las actividades comprendidas en la normativa.
- Informar un correo electrónico para las comunicaciones.
- Acreditar la personería y representación del presentante.
- Tener aprobado el formulario de pre-inscripción.
- ¿Cómo se realiza el proceso? La empresa deberá:
- Ingresar al sitio web: sipre.produccion.gob.ar, generar un usuario y contraseña.
- Completar el formulario de pre-inscripción indicando los datos señalados en el acápite anterior.
- Una vez aprobada la pre-inscripción, deberá cargar el archivo con toda la documentación solicitada bajo declaración jurada. Para ello, la empresa contará con información respaldatoria para realizar el proceso de carga (archivo modelo de carga, ejemplo ficticio y maestros de clasificaciones requeridas.
- Una vez completada exitosamente la carga de información, la empresa recibirá un correo electrónico confirmando que se procesó correctamente.
- En caso de ser rechazada la carga, recibirá un correo informativo y deberá volver a enviarse el archivo con las correcciones pertinentes hasta recibir la aprobación.
Para consultas o dudas sobre el trámite y proceso de carga de la información, dirigirse a: soportesipre@producción.gob.ar.
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DISEÑOS DE REGISTRO
En el Anexo adjunto presentamos las especificaciones técnicas y diseños de registro para realizar las presentaciones.
Sin otro particular, les saludamos muy atentamente.